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  • Los riesgos de usar un módulo Verifactu en PrestaShop y WooCommerce

    Si gestionas una tienda PrestaShop o WooCommerce en España y estás evaluando cómo cumplir la normativa VERIFACTU mediante módulos, hay un punto crítico que probablemente desconoces. Instalar un módulo o plugin que promete cumplir VERIFACTU puede parecer suficiente, pero según el Real Decreto 1007/2023, la Orden HAC/1177/2024 y las propias aclaraciones de la Agencia Tributaria, tu ecommerce podría ser considerado parte del Sistema Informático de Facturación (SIF). Esto significa que, como usuario del módulo, asumes responsabilidades legales que no puedes garantizar técnicamente, con sanciones que van desde 1.000€ hasta 600.000€.

    Por el contrario, optar por un software externo certificado transfiere la responsabilidad al proveedor, asegurando cumplimiento normativo sin exponerte a riesgos legales. Este artículo analiza los riesgos legales de usar módulos o plugins frente a software externo certificado, explicando cómo la normativa VERI*FACTU define la responsabilidad de tu ecommerce y por qué el software externalizado es la opción más segura.


    ¿Qué es Realmente un Sistema Informático de Facturación?

    Antes de entender tu situación legal, necesitas comprender qué es exactamente un SIF. Las siglas SIF se refieren al Sistema Informático de Facturación, que es el conjunto oficial de software y hardware que una empresa elige para emitir sus facturas. No es solo una aplicación o un programa. Es el sistema completo que utilizas para facturar.

    Esta distinción entre “software” y “sistema completo” no es semántica. Es la base legal de todo lo que sigue.

    El Real Decreto 1007/2023, en su artículo 1.2, establece con precisión qué constituye un Sistema Informático de Facturación:

    “Se considera sistema informático de facturación al conjunto de hardware y software utilizado para expedir facturas mediante la realización de las siguientes acciones:

    a) Admitir la entrada de información de facturación por cualquier método.

    b) Conservar la información de facturación, ya sea mediante su almacenamiento en el propio sistema informático de facturación o mediante su salida al exterior del mismo en un soporte físico de cualquier tipo y naturaleza o a través de la remisión telemática a otro sistema informático, sea o no de facturación.

    c) Procesar la información de facturación mediante cualquier procedimiento para producir otros resultados derivados, independientemente de dónde se realice este proceso, pudiendo ser en el propio sistema informático de facturación o en otro sistema informático previa remisión de la información al mismo por cualquier vía directa o indirecta.”

    Hay dos palabras en esta definición que cambian todo: conjunto y hardware.

    Por Qué “Conjunto” Es la Palabra Clave

    El Reglamento no habla de “el software de facturación”. Habla del “conjunto de hardware y software”. Esto significa que un SIF no es solo el código que ejecutas. Es la combinación completa de infraestructura física (servidores, bases de datos) y software (aplicaciones, módulos, scripts) que trabajando juntos producen tus facturas.

    Si tienes PrestaShop instalado en un servidor—ya sea tuyo, de un hosting compartido o un VPS—y le añades un módulo que genera facturas, has creado un conjunto. Tú eres quien ha unido ese hardware con ese software específico. Tú eres quien ha configurado cómo interactúan esas piezas. Según la definición legal, tú has creado el SIF.

    Esto no es una interpretación agresiva de la norma. Es su lectura literal.


    Los Tres Criterios: Cuando Tu Tienda Se Convierte en SIF

    El artículo 1.2 establece tres acciones que, si tu sistema las realiza, lo convierten automáticamente en un SIF. La Agencia Tributaria ha desarrollado estas definiciones en detalle en sus preguntas frecuentes oficiales. Analicemos cada criterio y veamos cómo se aplica a una instalación de PrestaShop o WooCommerce con un módulo de facturación.

    Criterio A: Admitir la Entrada de Información

    El primer criterio parece simple: “admitir la entrada de información de facturación por cualquier método”. Pero la Agencia Tributaria aclara que “cualquier método” incluye tanto entrada manual como automática de datos.

    Aquí está el detalle crítico: esto incluye la entrada de datos aparentemente triviales como el número de serie de la factura. Si tu sistema acepta o genera automáticamente el número de factura correlativo, ya está “admitiendo entrada de información de facturación”. No importa que los datos del cliente vengan de un pedido previo. El momento en que el sistema captura o genera cualquier dato específico para la factura—fechas, series, números—cumple este criterio.

    Tu instalación de PrestaShop con el módulo evidentemente hace esto. Captura datos del pedido, asigna números de factura, registra fechas. Primer criterio: cumplido.

    Criterio B: Conservar la Información

    El segundo criterio exige “conservar la información de facturación”, ya sea almacenándola en el propio sistema o exportándola a cualquier soporte externo. La definición es deliberadamente amplia: conservación mediante almacenamiento interno o salida a soporte físico o remisión telemática a otro sistema.

    Si tu PrestaShop almacena las facturas en su base de datos MySQL—y por supuesto lo hace—cumple este criterio. No importa que el módulo también envíe los datos a la AEAT. El hecho de que conserves una copia local de la información de facturación en tu sistema es suficiente.

    Segundo criterio: cumplido.

    Criterio C: Procesar para Producir Resultados Derivados

    Este es el criterio definitivo. El Reglamento exige “procesar la información de facturación mediante cualquier procedimiento para producir otros resultados derivados”. La Agencia Tributaria explica que esto incluye generar las propias facturas, producir informes para la contabilidad fiscal, crear listados, aplicar cálculos o reglas.

    Aquí no hay ambigüedad posible. Cuando tu instalación toma los datos de un pedido y genera un documento de factura—aplicando cálculos de IVA, formateando la información, produciendo un PDF o un documento imprimible—está procesando información para producir un resultado derivado. La factura es literalmente el resultado derivado del procesamiento de los datos del pedido.

    El módulo puede ser quien envía la factura a la AEAT, pero es tu instalación de PrestaShop la que la genera. Tercer criterio: cumplido.

    La Conclusión Inevitable

    Si tu instalación cumple los tres criterios—y una tienda PrestaShop o WooCommerce con cualquier módulo de facturación indiscutiblemente los cumple—entonces tu instalación es un Sistema Informático de Facturación según el Real Decreto 1007/2023. Esta no es una posibilidad. Es un hecho legal.

    Y si tu instalación es un SIF, tú estás sujeto a todas las obligaciones que el Reglamento impone a quienes producen, comercializan o utilizan sistemas informáticos de facturación.


    Quién Es Responsable: El Artículo 3 y Tu Posición Real

    El artículo 3 del Reglamento establece dos categorías de obligados, y entender la distinción entre ambas es crucial para comprender tu exposición legal.

    Los Dos Grupos de Obligados

    El artículo 3.1 se refiere a los usuarios: “Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en ambos casos siempre que desarrollen actividades económicas, y demás obligados tributarios, que utilicen sistemas informáticos de facturación, aunque solo los usen para una parte de su actividad”.

    El artículo 3.2 se refiere a los productores: “Los productores y comercializadores de los sistemas informáticos de facturación, en las cuestiones relativas a sus respectivas actividades de producción y comercialización”.

    La cuestión es: ¿en qué categoría estás tú?

    La Zona Gris del Integrador

    Cuando compras PrestaShop y le instalas un módulo de terceros, tu posición legal no es la de un simple usuario en el sentido tradicional. Tampoco eres el productor del software base. Estás en lo que podríamos llamar la “zona gris del integrador”.

    Piénsalo así: PrestaShop SA, la empresa que desarrolla PrestaShop, produce un sistema de gestión de comercio electrónico. Ellos no producen un SIF específicamente diseñado para cumplir la normativa fiscal española. El desarrollador del módulo VERI*FACTU produce un componente que añade funcionalidad de cumplimiento, pero ese componente solo funciona integrado en tu instalación específica de PrestaShop.

    Nadie más que tú ha creado ese conjunto específico de hardware y software. Tú elegiste el servidor, instalaste PrestaShop, configuraste la base de datos, integraste el módulo. Tú eres quien ha ensamblado las piezas para crear el sistema completo que emite tus facturas.

    El Vacío de Responsabilidad

    Aquí surge un problema fundamental: PrestaShop SA no asume responsabilidad como productor de un SIF para España. El desarrollador del módulo solo puede responder por su componente, no por tu instalación completa. Pero el Reglamento exige que alguien asuma la responsabilidad del sistema en su conjunto.

    Por eliminación, ese alguien eres tú.


    La Declaración Responsable: El Documento Que No Puedes Emitir

    El artículo 13 del Real Decreto 1007/2023 establece que debe existir una declaración responsable en la que “la persona o entidad productora del sistema informático” certifique que el sistema cumple con todos los requisitos del Reglamento. Esta declaración no es opcional. Es un requisito legal obligatorio.

    El Problema de los Sistemas Compuestos

    La Orden HAC/1177/2024, en su artículo 15.4, es explícita sobre sistemas formados por múltiples componentes: “cuando el propio sistema informático esté formado por varios componentes, hardware o software, producidos por diferentes personas o entidades, todas ellas deberán aportar las correspondientes declaraciones responsables”.

    En tu caso específico, necesitarías declaraciones de PrestaShop SA (que no la proporciona para cumplimiento fiscal español), del fabricante del módulo (que solo cubre su componente), y tuya como integrador del sistema completo.

    Lo Que Estarías Declarando

    Para emitir una declaración responsable válida, deberías poder garantizar técnicamente que tu sistema cumple requisitos como la inalterabilidad absoluta de registros, cadena de trazabilidad con hash SHA-256, firma electrónica de cada registro, e imposibilidad de modificación sin detección.

    Pero aquí está el problema: ¿puedes realmente garantizar que nadie modificará una factura en PrestaShop después de emitida? ¿Puedes asegurar que la base de datos MySQL no será alterada, ya sea por error humano, actualización del sistema o intervención directa? ¿Tienes control técnico sobre el código core de PrestaShop para implementar y verificar estos requisitos?

    Si la respuesta es no—y casi con certeza lo es—entonces no puedes legítimamente emitir esta declaración responsable. Y sin declaración responsable válida, estás en incumplimiento del artículo 201 bis de la Ley General Tributaria desde el momento en que el Reglamento entra en vigor para tu situación.


    Las FAQs de la Agencia Tributaria: La Confirmación Oficial

    Las preguntas frecuentes publicadas por la Agencia Tributaria no solo aclaran la normativa. En realidad, confirman exactamente la situación legal que hemos descrito. Veamos dos FAQs especialmente reveladoras.

    FAQ 1: Software de Código Abierto y la Integración

    La Agencia Tributaria responde a la pregunta: “Si se usa software de facturación de código abierto ¿quién hace la declaración responsable?”

    La respuesta es inequívoca:

    “La empresa que efectúe la programación del código o integre partes de otro software, ya sea o no de código abierto, debe realizar la declaración responsable, incorporar los datos obligatorios e indicar qué componentes utiliza. En el caso de que utilice código abierto, se hará responsable del funcionamiento del mismo, incluyendo los sistemas de seguridad exigidos para preservar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.”

    Detente en la frase clave: “o integre partes de otro software“. Un módulo o plugin es, por definición literal, la integración de código de terceros en tu sistema base. Cuando instalas un módulo VERI*FACTU en PrestaShop, estás integrando partes de otro software.

    La Agencia Tributaria es cristalina: la empresa que efectúa esa integración debe realizar la declaración responsable y hacerse responsable del funcionamiento del sistema completo, incluyendo todos los requisitos de seguridad. Esa empresa eres tú.

    No hay ambigüedad aquí. No hay interpretación. La Agencia Tributaria está diciendo explícitamente que si integras código de terceros para crear tu sistema de facturación, tú eres el responsable.

    FAQ 2: El Principio de la Balanza Electrónica

    La segunda FAQ relevante trata sobre un pequeño comerciante con balanzas y cajas registradoras. La pregunta es técnica, pero el principio que establece es fundamental para tu situación.

    La Agencia explica que una balanza simple que solo pesa productos y muestra el peso no es un SIF, aunque el comerciante use ese peso para calcular precios manualmente. ¿Por qué? Porque la balanza no procesa información de facturación; solo realiza una medición auxiliar. La factura se genera en otro sistema (la caja registradora).

    Pero—y este es el punto crucial—si la balanza tiene funcionalidades más avanzadas que le permiten “acumular los importes de los diferentes productos pesados y expedir en unidad de acto una factura simplificada de la compra total realizada”, entonces sí es considerada SIF. En palabras de la propia Agencia: “serían SIF con otros elementos electrónicos auxiliares añadidos”.

    Aplicando Este Principio a Tu Situación

    El principio es claro: lo que determina si algo es un SIF no es la complejidad técnica, sino si el sistema completo realiza las tres acciones del artículo 1.2. Una balanza sofisticada que emite facturas es un SIF. Una instalación de PrestaShop con un módulo que emite facturas es un SIF.

    PrestaShop por sí solo, gestionando solo pedidos sin emitir facturas fiscales formales, podría no ser un SIF. Pero en el momento en que le añades un módulo que transforma esos pedidos en facturas que envías a la AEAT, el conjunto completo—tu instalación específica con ese módulo en tu servidor—se convierte en un SIF.

    Y al igual que el propietario de esa balanza sofisticada debe cumplir el Reglamento, tú debes cumplirlo.


    El Escenario de Inspección: Cuando la Responsabilidad Llega a Tu Puerta

    Imagina este escenario, que es completamente plausible y cada vez más probable:

    La Agencia Tributaria decide inspeccionar a un fabricante de módulos VERI*FACTU. Durante la inspección, preguntan: “¿Dónde está el sistema completo que emite las facturas?” El fabricante responde con honestidad: “Nuestro módulo se instala en las tiendas PrestaShop de nuestros clientes. La generación de facturas ocurre en sus servidores, usando su instalación de PrestaShop más nuestro módulo.”

    El inspector pregunta: “¿Entonces el SIF está distribuido entre su código y las instalaciones de sus clientes?” El fabricante confirma: “Correcto. Nosotros proporcionamos la conectividad con VERI*FACTU y la generación de códigos QR. Ellos proporcionan la generación de las facturas y el almacenamiento.”

    La conclusión del inspector es inevitable: “Entonces cada cliente debe emitir su propia declaración responsable para su parte del sistema. Proporciónenos la lista de sus clientes para verificar su cumplimiento.”

    Por Qué No Puedes Esconderte

    Algunos comerciantes podrían pensar: “Pero yo solo soy un usuario pequeño, no me van a inspeccionar”. Este razonamiento ignora dos realidades:

    Primera, la detección de incumplimientos VERI*FACTU será en gran medida automatizada. La propia AEAT recibirá tus registros de facturación. Sus sistemas detectarán discrepancias, ausencia de declaraciones responsables registradas, o problemas de trazabilidad. No necesitan inspeccionarte físicamente para identificar incumplimientos.

    Segunda, cuando inspeccionen a fabricantes de módulos—y lo harán, porque son productores comerciales de software de facturación—obtendrán listas de usuarios. La extensión de responsabilidad a los integradores no es teórica. Es el camino lógico y legal que seguirá cualquier inspección de estos sistemas distribuidos.


    Las Sanciones: Cuánto Te Puede Costar Este Error

    El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria establece el régimen sancionador específico para infracciones relacionadas con sistemas informáticos de facturación. Las sanciones no son hipotéticas. Son cantidades concretas establecidas por ley.

    Sanciones por Sistema No Conforme

    Por incumplir los requisitos del Reglamento—es decir, por utilizar un sistema que no cumple con las especificaciones técnicas o por no disponer de declaración responsable válida—la sanción va desde un mínimo de 1.000 euros hasta un máximo de 20.000 euros por cada ejercicio en que se produzca el incumplimiento.

    Esta sanción se aplica por el mero hecho de tener un sistema no conforme. No necesitas haber cometido fraude. No necesitas haber evadido impuestos. Simplemente usar un sistema que no cumple los requisitos es, en sí mismo, una infracción sancionable.

    Sanciones Agravadas

    Si durante la inspección se considera que ha existido resistencia, obstrucción o negativa a la actuación inspectora—que podría incluir no poder proporcionar una declaración responsable válida cuando se solicite—las sanciones pueden llegar hasta 600.000 euros.

    Sanciones Adicionales por Discrepancias

    Si se detectan discrepancias entre los registros que has enviado a la AEAT y tu contabilidad real, entramos en el territorio del artículo 200 de la Ley General Tributaria. Aquí las sanciones son del 150% del importe de la discrepancia. Si la discrepancia es significativa y supera los 120.000 euros, podrían existir implicaciones penales.

    El Agravante de la Continuidad

    Un aspecto que muchos comerciantes no consideran: si después de un requerimiento continúas usando el sistema no conforme, se considera reincidencia con agravantes. Usar PrestaShop para facturar después del 1 de julio de 2026 (autónomos) o 1 de enero de 2026 (sociedades) sin cumplir todos los requisitos podría interpretarse como negligencia grave o incluso intencionalidad, especialmente si ya has sido advertido.

    Las sanciones tributarias no son negociables ni perdonables salvo circunstancias muy específicas. Una vez aplicadas, debes pagarlas.


    La Arquitectura Correcta: Separación Completa de Sistemas

    La única solución verdaderamente segura es separar completamente tu ecommerce de tu sistema de facturación. Esta no es una solución de compromiso. Es la arquitectura legalmente correcta.

    Cómo Funciona la Separación

    En la arquitectura correcta, PrestaShop o WooCommerce se encarga exclusivamente de lo que hace mejor: gestionar tu tienda online. Esto incluye catálogo de productos, procesamiento de pedidos, gestión de pagos, administración de clientes y envíos. Crucialmente, no genera facturas. Sin generación de facturas, no es un SIF, por lo que no está sujeto al Reglamento.

    El software de facturación externo certificado se encarga exclusivamente de facturación. Recibe datos de pedidos desde tu tienda mediante API o importación, genera las facturas cumpliendo todos los requisitos VERI*FACTU, las envía a la AEAT, y gestiona todo el almacenamiento y trazabilidad requeridos. Este software es un SIF, pero su productor asume todas las responsabilidades del artículo 3.2.

    Las Ventajas Legales de Esta Separación

    La claridad legal que proporciona esta arquitectura es absoluta. El software de facturación es el único SIF. Su productor emite la declaración responsable válida cubriendo el sistema completo. Tú, como usuario, solo asumes responsabilidades de uso correcto bajo el artículo 3.1, no de diseño y cumplimiento del sistema.

    PrestaShop no puede modificar lo que no gestiona. Si las facturas se generan y almacenan en un sistema separado diseñado específicamente para inalterabilidad, no existe riesgo de discrepancias inadvertidas entre tu tienda y tus registros fiscales. Son sistemas separados con funciones separadas.

    La Tranquilidad Operativa

    Más allá de la protección legal, esta arquitectura te proporciona tranquilidad operativa. Cuando actualizas PrestaShop o cambias de tema o añades funcionalidades a tu tienda, no afectas a tu sistema de facturación. Cuando el Reglamento cambia o la AEAT introduce nuevos requisitos, tu proveedor de software de facturación actualiza su sistema automáticamente. Tú no necesitas preocuparte por mantener compliance técnico.

    Si enfrentas una inspección, simplemente proporcionas acceso a tu software de facturación certificado. El productor de ese software respalda su declaración responsable. No necesitas defender decisiones técnicas sobre código que no escribiste o infraestructura que apenas controlas.


    Software Externo vs Módulo: El Análisis de Coste Real

    Muchos comerciantes eligen módulos porque parecen más económicos inicialmente. Pero cuando consideramos el coste total real—incluyendo riesgo—la ecuación cambia dramáticamente.

    El Coste Visible del Módulo

    Un módulo VERI*FACTU típicamente cuesta entre 500 y 2.000 euros como compra única, más 300 a 1.000 euros anuales de mantenimiento. A primera vista, parece razonable. Pero este es solo el coste directo del software.

    Añade el coste de implementar y mantener los requisitos técnicos que el Reglamento exige: inalterabilidad de registros, cadenas de hash, firma electrónica. Necesitarás consultoría técnica especializada, posiblemente auditorías para verificar cumplimiento, y soporte técnico cuando surjan problemas. Esto fácilmente añade 1.000 a 3.000 euros anuales.

    El Coste Oculto del Riesgo

    Pero el verdadero coste está en el riesgo. La sanción mínima por sistema no conforme es 1.000 euros por ejercicio. Si tu instalación no puede garantizar técnicamente los requisitos del Reglamento—y una instalación PrestaShop estándar no puede—estás expuesto a esta sanción desde el momento en que comienza tu obligación.

    Si se detectan discrepancias entre tu sistema y los registros de la AEAT—algo prácticamente inevitable en un sistema donde las facturas son técnicamente modificables—las sanciones escalan rápidamente. Un 150% de la discrepancia puede significar decenas de miles de euros en sanciones.

    El coste de estrés, tiempo dedicado a gestionar incidencias, y la posibilidad real de que eventualmente necesites cambiar a un sistema adecuado de todos modos, son incalculables pero muy reales.

    El Coste del Software Externo

    Un software de facturación profesional certificado típicamente cuesta entre 20 y 100 euros mensuales, dependiendo de tu volumen y necesidades. Esto es 240 a 1.200 euros anuales. La configuración inicial podría añadir 200 a 500 euros, y la integración con tu tienda otros 300 a 1.000 euros como inversión única.

    Total primer año: 740 a 2.700 euros. Total años siguientes: 240 a 1.200 euros anuales.

    La Comparación Real

    Incluso sin considerar el riesgo de sanciones, el coste económico puro del módulo versus software externo es comparable. Pero cuando añades que el software externo elimina completamente tu exposición legal, incluye soporte profesional, garantiza actualizaciones de cumplimiento, y te proporciona tranquilidad total, la decisión es evidente.

    No estás pagando 500 euros anuales por software. Estás pagando 500 euros anuales por protección legal completa y eliminación de riesgo de sanciones que podrían llegar a cientos de miles de euros.


    Conclusión: La Elección Que Define Tu Responsabilidad

    Después de analizar el Real Decreto 1007/2023, la Orden HAC/1177/2024, y las aclaraciones oficiales de la Agencia Tributaria, la conclusión es inequívoca y no admite interpretaciones alternativas.

    Cuando instalas un módulo VERI*FACTU en tu PrestaShop o WooCommerce autoalojado, creas un conjunto de hardware y software que cumple los tres criterios del artículo 1.2. Ese conjunto es, legalmente, un Sistema Informático de Facturación. Como la entidad que ha ensamblado ese conjunto, tú eres el responsable de cumplir todas las obligaciones que el Reglamento impone a los productores de SIF.

    Esto no es una interpretación agresiva o exagerada. Es la lectura directa del Reglamento, confirmada por las propias FAQs de la Agencia Tributaria. Cuando la AEAT dice que “la empresa que integre partes de otro software debe realizar la declaración responsable”, se está refiriendo exactamente a tu situación.

    La Alternativa Segura

    La solución no es complicada ni requiere abandonar PrestaShop o WooCommerce. Simplemente requiere separar funciones: que tu tienda gestione ventas y que un sistema especializado certificado gestione facturación. De esta manera, PrestaShop hace lo que hace mejor sin ser un SIF, y un software diseñado específicamente para cumplir VERI*FACTU asume esa responsabilidad.

    El productor de ese software externo emite la declaración responsable válida. Ese productor es quien responde ante inspecciones. Tú quedas protegido de sanciones que podrían comprometer la viabilidad de tu negocio.

    El Momento de Decidir

    Las fechas límite no son negociables: 1 de enero de 2026 para sociedades, 1 de julio de 2026 para autónomos. Después de estas fechas, usar un sistema no conforme es automáticamente una infracción sancionable.

    Cada día que postergas esta decisión es un día menos para implementar la solución correcta. La adaptación bien hecha requiere tiempo: seleccionar el software adecuado, configurarlo, integrarlo con tu tienda, formar a tu equipo, y verificar que todo funciona correctamente.

    La Pregunta Final

    La decisión no es si adaptarte a VERI*FACTU. La decisión es si hacerlo de forma segura, con un sistema diseñado para ello y un proveedor que asume la responsabilidad legal, o intentar forzar una herramienta inadecuada asumiendo riesgos que no puedes controlar.

    Tu negocio online funciona. Tus ventas son exitosas. No permitas que la facturación se convierta en el punto débil que comprometa todo lo que has construido. La tranquilidad de saber que cumples completamente la normativa, sin zonas grises ni riesgos ocultos, vale cada euro de inversión en una solución profesional.

    El reloj está corriendo. Actúa ahora, mientras tienes tiempo para hacerlo bien.


    Nota: Este análisis se basa en el Real Decreto 1007/2023, la Orden HAC/1177/2024, y las preguntas frecuentes oficiales publicadas por la Agencia Tributaria. Para una evaluación específica de tu situación particular, consulta con un asesor fiscal especializado en comercio electrónico y normativa VERI*FACTU.

    Referencias:

    • Real Decreto 1007/2023: https://www.boe.es/eli/es/rd/2023/12/05/1007
    • Orden HAC/1177/2024: https://www.boe.es/eli/es/o/2024/10/17/hac1177
    • FAQs AEAT VERI*FACTU: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/sistemas-informaticos-facturacion-verifactu/preguntas-frecuentes.html
    • Ley General Tributaria: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186
  • Facturas Verifactu con PrestaShop: Guía paso a paso

    Con la entrada en vigor de Verifactu deberás adaptar tu tienda PrestaShop a los nuevos requisitos de facturación electrónica.

    ¿Que nos dice la normativa? Pues que todas las transacciones comerciales, incluidas las ventas online, deben facturarse mediante un software certificado homologado con Hacienda; el cual a su vez deberá cumplir una serie de requisitos técnicos.

    El inconveniente es que PrestaShop, si bien dispone de una funcionalidad para emitir facturas, no cumple con los requisitos impuestos por la Agencia Tributaria para generar facturas Verifactu.

    Y, pasar por alto esta obligación, puede resultar en penalizaciones económicas de hasta 50,000€ por ejercicio fiscal.

    Por ello debemos buscar alternativas para seguir trabajando con PrestaShop y a la vez cumplir con la normativa.

    En este tutorial te guiamos detalladamente sobre cómo configurar tu PrestaShop para dar cumplimiento a Verifactu usando EasyVerifactu, una herramienta especializada en comercio electrónico.

    Guía para hacer tu PrestaShop “Verifactu-ready”

    Te mostramos el proceso completo para configurar tu PrestaShop y cumplir con Verifactu de manera eficiente.

    Paso 1: Regístrate en la plataforma de facturación

    El primer requisito es contar con un sistema de facturación certificado por la Agencia Tributaria. Para este tutorial utilizaremos EasyVerifactu.

    Paso 2: Configura el webservice en PrestaShop

    Para establecer la comunicación entre EasyVerifactu y tu tienda online, es necesario activar y configurar el webservice de PrestaShop, que permitirá el acceso seguro a los datos de tu tienda.

    • Accede al back office: Inicia sesión en el panel de administración de tu PrestaShop.
    • Navega a Parámetros Avanzados: En el menú principal, localiza “Parámetros Avanzados” > “Webservice”.
    • Activa el webservice: Marca la opción “Activar el servicio web” como “Sí”.
    • Crea una nueva clave de acceso: Pulsa en “Añadir una nueva clase webservice” (el texto exacto puede variar).
    • Establece los parámetros:
      • Clave: Pulsa en “Generar” para crear una clave aleatoria.
      • Descripción de la clave: Asigna un nombre descriptivo, como “Integración con EasyVerifactu”.
      • Habilitar clave de servicio web: Asegúrate de marcarlo con un “Sí”.
      • Permisos: Pulsa en el texto azul dónde indica “Ver (GET)”. Esto otorgará todos los permisos de lectura de tu e-commerce, haciendo la integración resiliente a futuras actualizaciones.
    • Guarda la configuración: Haz clic en “Guardar” para finalizar la creación de la clave.

    Copia y guarda la clave API generada por PrestaShop. Esta información será necesaria para completar la integración y debe mantenerse en un lugar seguro.

    Paso 3: Configura tu cuenta en EasyVerifactu

    Ahora que ya tienes tus credenciales de Prestashop, el resto del proceso se realiza en la plataforma de EasyVerifactu.

    • Inicia la integración: Una vez dentro de tu panel de control, busca y pulsa la opción para conectar tu e-commerce (verás un botón que indica “Iniciar integración” o similar).
    • Selecciona Prestashop: Elige PrestaShop como la plataforma a integrar.
    • Introduce los datos de la integración:
      • URL de tu tienda: Escribe la dirección principal de tu web. Asegúrate de que empiece por “https://” (ejemplo: https://mitienda.com). Si tu tienda está alojada en un subdirectorio (eje: https://miweb.com/tienda), introduce la dirección incluyendo dicho subdirectorio.
      • Clave API: Pega la clave que generaste en Prestaship. guardaste anteriormente.
    • Confirma la conexión: Pulsa el botón para finalizar y guardar la configuración.

    ¡Perfecto! Tu PrestaShop ahora genera facturas Verifactu

    Tras finalizar esta configuración, EasyVerifactu ejecutará una sincronización automática para procesar tus pedidos actuales.

    Desde este momento, cualquier pedido nuevo alcance el estado que hayas definido (como “Enviado” o “Entregado”), se creará de forma automática la factura Verifactu correspondiente.

    ¡Y listo! Ahora puedes olvidarte de las complicaciones técnicas de Verifactu y dedicarte completamente a lo que realmente importa: impulsar el crecimiento de tu negocio.

  • Como emitir facturas Verifactu con WooCommerce: Guía paso a paso

    Llega Verifactu y, con él, la necesidad de adaptar la forma en que tu WooCommerce emite y gestiona las facturas.

    La nueva normativa es clara: todas tus ventas deben ser facturadas utilizando un software homologado por la Agencia Tributaria. Además, siempre debes entregar la factura al cliente.

    El problema es que, de forma nativa, WooCommerce no está preparado ni homologado para generar facturas Verifactu. Ignorar esta realidad no es una opción, ya que podrías enfrentarte a importantes sanciones.

    Pero no te preocupes. Existen soluciones que cumplen con la normativa y que, mediante una integración con tu WordPress, capturan automáticamente los pedidos para convertirlos en facturas homologadas.

    En esta guía te mostramos paso a paso cómo preparar tu WooCommerce para cumplir con Verifactu utilizando EasyVerifactu, una solución diseñada específicamente para e-commerce.

    Guía para integrar tu WooCommerce con Verifactu

    Te explicamos paso a paso cómo preparar tu WordPress para cumplir con Verifactu de forma sencilla.

    Paso 1: Crea una cuenta en el programa de facturación

    Primero necesitas un programa de facturación que esté validado por Hacienda. En este caso usaremos EasyVerifactu.

    Paso 2: Genera tus claves API en WooCommerce

    Para que EasyVerifactu pueda comunicarse con tu tienda, necesitas crear unas credenciales de acceso seguras, conocidas como “claves API”.

    • Accede a tu panel de WordPress: Entra al panel de administración de tu WordPress.
    • Ve a los ajustes de WooCommerce: En el menú lateral izquierdo, busca “WooCommerce” > “Ajustes”.
    Wordpress > Ajustes
    • Pestaña “Avanzado”: Dentro de los ajustes, navega hasta la pestaña “Avanzado”.
    Wordpress > Woocommerce > Ajustes > Avanzado
    • Claves API: Haz clic en “Claves API”. Desde aquí podrás gestionar todas tus claves de acceso.
    Wordpress > Woocommerce > Ajustes > Avanzado > Claves API
    • Crea una nueva clave: Pulsa “Añadir clave” o “Crear una clave API”.
    • Configura los detalles:
      • Descripción: Dale un nombre identificativo, por ejemplo “EasyVerifactu”.
      • Usuario: Para evitar problemas de permisos, selecciona un usuario con rol de administrador en WordPress.
      • Permisos: Con otorgar permisos de “Lectura” es suficiente.
    Añadir clave API a WooCommerce
    • Genera las claves: Haz clic en “Generar claves API”.
    Clave de cliente y secreta de cliente en WooCommerce

    Importante: Anota las claves generadas por WooCommerce. Solo se mostrarán de forma completa una vez, por lo que es fundamental que las copies y guardes en un lugar seguro.

    Paso 3: Configura tu cuenta en EasyVerifactu

    Ahora que ya tienes tus credenciales de WooCommerce, el resto del proceso se realiza en la plataforma de EasyVerifactu.

    • Inicia la integración: Una vez dentro de tu panel de control, busca y pulsa la opción para conectar tu e-commerce (verás algo como “Iniciar integración”).
    • Selecciona WooCommerce: Elige WooCommerce como la plataforma a integrar.
    • Introduce los datos de la integración:
      • URL de tu tienda: Escribe la dirección principal de tu web. Asegúrate de que empiece por “https://” (ejemplo: https://mitienda.com). Si tu tienda está alojada en un subdirectorio (eje: https://miweb.com/tienda), introduce la dirección incluyendo dicho subdirectorio.
      • Clave de cliente: Pega la clave ck_ que guardaste anteriormente.
      • Clave secreta de cliente: Pega la clave cs_ que guardaste.
    • Confirma la conexión: Pulsa el botón para finalizar y guardar la configuración.

    ¡Y listo! Tu WooCommerce ya emite facturas Verifactu

    Una vez completados estos pasos, EasyVerifactu realizará una sincronización inicial para importar tus pedidos existentes. A partir de ese momento, cada vez que un nuevo pedido alcance el estado que hayas configurado (por ejemplo “Completado”), el sistema generará automáticamente una factura Verifactu.

    Una vez completados estos pasos, EasyVerifactu realizará una sincronización inicial para importar tus pedidos existentes.

    A partir de ese momento, cada vez que un nuevo pedido alcance el estado que hayas configurado (por ejemplo “Completado”), el sistema generará automáticamente una factura Verifactu.

    Ya puedes despreocuparte de la complejidad de Verifactu y centrarte en lo que mejor sabes hacer: hacer crecer tu negocio.

  • La Agencia Tributaria activa oficialmente Verifactu y crea un portal de consulta de facturas

    Verifactu ya es una realidad: Ya se pueden emitir facturas oficiales y homologadas con el nuevo sello de la Agencia Tributaria.

    La Agencia Tributaria ha dado un paso decisivo en la implementación de Verifactu al activar los servidores de producción para el envío y registro de facturas.

    Este movimiento no solamente marca un hito importante en el calendario su adopción, sino que es toda una declaración de intenciones de la Agencia Tributaria, ya que demuestra su firmeza en cumplir los plazos para su entrada en vigor en enero de 2026.

    Un adelanto significativo en el calendario

    Hasta ahora, solo existía un entorno de pruebas destinado a que los fabricantes de software pudieran desarrollar y adaptar sus aplicaciones.

    Sin embargo, desde hoy, además del entorno de pruebas, las empresas pueden comenzar a emitir facturas Verifactu de forma oficial en el entorno de producción.

    Este adelanto es especialmente relevante por dos motivos:

    1. Anticipación a los plazos: Los desarrolladores de software pueden comenzar a operar en un entorno real antes de su fecha límite del 29/julio/2025. Asimismo las empresas realizando desarrollos propios pueden desde hoy empezar a emitir facturas oficiales, adaptándose así con un holgado margen de tiempo a la normativa.
    2. Declaración de intenciones: Con el reciente Real Decreto dónde se confirmaban las fechas de entrada en vigor y ahora el lanzamiento del entorno de producción de Verifactu, la Agencia Tributaria demuestra su firme intención de mantener los plazos previstos. Esta acción disipa las dudas que existían en la comunidad financiera sobre posibles retrasos en la implementación.

    Nuevo portal para la gestión de facturas

    Como parte de esta actualización, la Agencia Tributaria ha habilitado un nuevo menú en su portal web denominado “Sistemas informáticos de facturación y VERIFACTU”.

    Este portal, accesible mediante certificado digital o sistema de identificación equivalente, ofrece un completo panel de consulta con funcionalidades avanzadas:

    Principales características

    • Gestión integral de facturas:
    • Visualización y búsqueda de facturas emitidas
    • Consulta de facturas recibidas como destinatario

    Opciones de búsqueda avanzada

    El sistema permite filtrar las facturas según diversos criterios:

    • Por ejercicio y periodo
    • Por CIF
    • Por número de serie y factura
    • Por rango de fechas

    Beneficios del portal para las empresas

    Esta nueva interfaz aporta dos ventajas fundamentales:

    1. Control financiero mejorado: Permite verificar que la información disponible en Hacienda coincide con nuestra contabilidad interna.
    2. Acceso centralizado a facturas: Facilita la localización de facturas recibidas, eliminando la necesidad de buscar en múltiples fuentes como correos electrónicos o unidades de almacenamiento.
  • Verifactu: Confirmadas las fechas de entrada en vigor (RD 254/2025)

    Si bien los principios de la normativa Verifactu (enmarcada en la Ley Antifraude) han sido siempre claros, los plazos y ciertos detalles de aplicación han sido objeto de dudas y seguimiento constante.

    Hasta hoy, el 2 de abril de 2025.

    La Agencia Tributaria ha publicado en el BOE el **Real Decreto 254/2025**, donde esencialmente confirma las fechas de aplicación de Verifactu y despeja dudas que han ido surgiendo en los últimos meses.

    Este Real Decreto no solo confirma y ajusta fechas importantes, sino que también introduce aclaraciones relevantes sobre el ámbito de aplicación y las responsabilidades.

    ¿Qué aporta el nuevo Real Decreto 254/2025?

    Este Real Decreto realiza modificaciones clave al reglamento inicial (RD 1007/2023). Sus puntos más importantes, que impactan directamente en proveedores de software y usuarios, son:

    1. Confirmación de los Plazos Definitivos

    El Real Decreto formaliza los periodos de adaptación.

    Los productores y comercializadores de software de facturación deberán tener sus sistemas totalmente adaptados al reglamento y la orden técnica el 29 de julio de 2025.

    Se confirman también de forma explícita las fechas de entrada en vigor para empresas el 1 de enero de 2026, y para autónomos el 1 de julio de 2026.

    2. Disponibilidad del Servicio Verifactu en la AEAT

    En paralelo al desarrollo del software, la Agencia Tributaria también tiene un plazo para preparar su infraestructura.

    En el Real Decreto se establece que la propia Agencia Tributaria deberá tener toda la infraestructura técnica disponible antes del 29 de julio de 2025.

    3. Aclaraciones sobre el Ámbito de Aplicación y Excepciones (Especialmente para el SII):

    El Real Decreto precisa que el reglamento de requisitos técnicos de software (RD 1007/2023) no se aplicará a operaciones documentadas mediante facturas emitidas materialmente por el destinatario de la operación o por un tercero, siempre y cuando el contribuyente esté dado de alta en el Suministro Inmediato de Información (SII) y lleve los libros registro a través de este sistema.

    Esto aclara que, si ya estás en SII (por volumen de facturación, pertenecer a un grupo de entidades, etc.), esta modalidad de facturación delegada no te exigirá cumplir adicionalmente con los requisitos técnicos específicos de Verifactu en ese sistema, ya que el SII ya ofrece garantías suficientes para la AEAT.

    4. La Responsabilidad del Cumplimiento Siempre es Tuya

    En relación al punto anterior, un elemento crucial que refuerza el Real Decreto es que, aunque delegues la emisión de la factura en el destinatario o un tercero, tú sigues siendo el único responsable de cumplir con todas las obligaciones que establecen tanto el reglamento de requisitos técnicos del software como el reglamento general de facturación.

    Es decir, delegar la emisión no exime de la responsabilidad de que el sistema utilizado para esa emisión cumpla con la normativa aplicable a tu caso.

    Conclusión

    La publicación de este Real Decreto 254/2025 elimina incertidumbres y formaliza los plazos. Las fechas límite están claras: software adaptado antes de finales de julio de 2025 y tú usando software certificado a partir de enero o julio de 2026, según tu situación.

  • 101 Qué es Verifactu

    Si has llegado hasta aquí seguramente sea porque has oído hablar de Verifactu, y quieres entender qué es exactamente y cómo afecta a tu negocio. En esta guía te lo contamos todo.

    Qué es Verifactu

    Verifactu es un programa impulsado por la Agencia Tributaria, el cual:

    1. Obliga a los programas de facturación a cumplir una serie de requisitos técnicos para que sean compatibles con el reglamento Verifactu.
    2. Obliga a las empresas y autónomos a utilizar un software de emisión de facturas debidamente certificado.
    3. Obliga a las empresas y autónomos a decidir si utilizar el envío automático de las facturas a la Agencia Tributaria, o no.

    El objetivo de la Agencia Tributaria es principalmente el de reducir el fraude fiscal, digitalizando por un lado los procesos de facturación, y por otro lado introduciendo mecanismos de inalterabilidad y trazabilidad en las facturas emitidas.

    Dicho esto, toda la complejidad en la implementación de Verifactu recae en los software de facturación.

    Como empresa o autónomo, lo único que tienes que hacer es utilizar un software de facturación debidamente certificado, y decidir si quieres activar el envío automático de las facturas a la Agencia Tributaria, o no.

    Además, se introduce la obligatoriedad de entregar siempre una factura de venta a clientes. El recibo o ticket de caja ya no será suficiente.

    Cuales son los nuevos requisitos

    La principal diferencia es que las facturas, como veremos a continuación, deberán cumplir una serie de requisitos adicionales.

    La mayoría de estos requisitos deberán cumplirlos la propia aplicación de facturación, así que lo único que tienes que preocuparte es de utilizar un software compatible con Verifactu y debidamente certificado.

    Requisitos para los programas de facturación

    Te mostramos a continuación los requisitos que debe cumplir el software de facturación para que sea compatible con Verifactu.

    Generar un registro de facturación inalterable

    Cada factura emitida se añadirá al registro, encadenándose mediante un sistema criptográfico con la anterior, garantizando la inalterabilidad del registro.

    Enviar las facturas a tiempo real a la Agencia Tributaria

    El sistema de facturación debe estar siempre conectado a la Agencia Tributaria, y enviar las facturas en el momento de emitirse.

    Insertar un código QR de verificación en las facturas

    Cada factura debe incluir un código QR, enlazando con la web de la Agencia Tributaria, con el fin de comprobar la autenticidad de la factura.

    Llevar un registro de eventos de facturación

    El sistema de facturación debe registrar determinados eventos, como la emisión de la factura, la anulación o la rectificación, para permitir la trazabilidad de la actividad.

    Estar debidamente certificado por la Agencia Tributaria

    Además de cumplir con los requisitos técnicos, el sistema de facturación debe estar debidamente certificado para que sea compatible con Verifactu.

    Requisitos para empresarios y autónomos

    Utilizar una software de emisión de facturas debidamente certificado por la Agencia Tributaria

    Queda descartado el uso de herramientas tipo Excel o Word para crear facturas. Únicamente podrás utilizar software que cumpla con los requisitos de Verifactu.

    Emitir y entregar una factura de venta a todos tus clientes

    En adelante, el recibo de compra-venta ya no será suficiente. Deberás emitir y entregar una factura de venta a todos tus clientes independientemente del importe de la transacción.

    Plazos clave de entrada en vigor (actualizado a marzo de 2025)

    28 noviembre 2024

    La Agencia Tributaria publica las especificaciones oficiales para la implementación de Verifactu.

    28 julio 2025

    Los software de facturación comienzan a implementar los requisitos técnicos de Verifactu.

    1 enero 2026

    Todas las empresas deberán utilizar obligatoriamente un software de facturación compatible con Verifactu; ya sea en la modalidad de Verifactu o en la modalidad de no Verifactu.

    1 julio 2026

    Los autónomos deberán utilizar obligatoriamente un software de facturación compatible con Verifactu.

    Las 2 modalidades de Verifactu

    Verifactu

    No Verifactu

    Definición

    Verifactu

    Las facturas se envían a tiempo real a la Agencia Tributaria.

    No Verifactu

    Las facturas se almacenan en el software, pero deben presentarse en un formato específico a requerimiento de la Agencia Tributaria.

    Definición

    Las facturas se envían a tiempo real a la Agencia Tributaria.

    Las facturas se almacenan en el software, pero deben presentarse en un formato específico a requerimiento de la Agencia Tributaria.

    Responsabilidad de conservación de facturas y registros

    Verifactu

    Se elimina cualquier responsabilidad, ya que esta recae en la Agencia Tributaria.

    No Verifactu

    Obligación de conservación de los registros de facturación y de eventos, garantizando la inalterabilidad y la integridad de los mismos.

    Responsabilidad de conservación de facturas y registros

    Se elimina cualquier responsabilidad, ya que esta recae en la Agencia Tributaria.

    Obligación de conservación de los registros de facturación y de eventos, garantizando la inalterabilidad y la integridad de los mismos.

    Riesgo de pérdida de datos

    Verifactu

    Su pérdida accidental no supondría ningún incumplimiento.

    No Verifactu

    Cualquier pérdida por parte del usuario o el software supondría un incumplimiento.

    Riesgo de pérdida de datos

    Su pérdida accidental no supondría ningún incumplimiento.

    Cualquier pérdida por parte del usuario o el software supondría un incumplimiento.

    Cumplimiento con la normativa

    Verifactu

    Se cumple por defecto con la normativa Verifactu, eliminando posibles controles por parte de la Agencia Tributaria.

    No Verifactu

    Debe demostrarse el uso de sistemas de facturación certificados bajo requerimiento de la Agencia Tributaria.

    Cumplimiento con la normativa

    Se cumple por defecto con la normativa Verifactu, eliminando posibles controles por parte de la Agencia Tributaria.

    Debe demostrarse el uso de sistemas de facturación certificados bajo requerimiento de la Agencia Tributaria.

    Propensión a controles

    Verifactu

    Menor. Se demuestra la voluntad de transparencia al compartir los registro y se presupone el cumplimiento de la normativa por defecto.

    No Verifactu

    Mayor propensión a controles, ya que la Agencia Tributaria debe asegurar el uso de sistemas de facturación certificados.

    Propensión a controles

    Menor. Se demuestra la voluntad de transparencia al compartir los registro y se presupone el cumplimiento de la normativa por defecto.

    Mayor propensión a controles, ya que la Agencia Tributaria debe asegurar el uso de sistemas de facturación certificados.

    Imagen hacia el cliente

    Verifactu

    Mayor proyección de fiabilidad de la empresa hacia el cliente.

    No Verifactu

    Al no disponer de facturas verificables, se pueden generar dudas de los clientes.

    Imagen hacia el cliente

    Mayor proyección de fiabilidad de la empresa hacia el cliente.

    Al no disponer de facturas verificables, se pueden generar dudas de los clientes.

    Acceso a ayudas

    Verifactu

    Acceso a ayudas y servicios fiscales adicionales.

    No Verifactu

    Se restringe el acceso a cualquier ayuda o servicios fiscal impulsado por la Agencia Tributaria.

    Acceso a ayudas

    Acceso a ayudas y servicios fiscales adicionales.

    Se restringe el acceso a cualquier ayuda o servicios fiscal impulsado por la Agencia Tributaria.

    ¿Es obligatorio cumplir con Verifactu?

    La obligatoriedad para empresarios y autónomos es únicamente la de utilizar un software de facturación debidamente certificado.

    Dicho software tendrá los 2 modos: el modo Verifactu, activable a modo opcional, y el modo No Verifactu, activado por defecto.

    Por lo tanto, deberás comprobar si el software de facturación que estás utilizando va a estar certificado para Verifactu en al menos uno de los 2 modos.

    Si por el contrario, estás usando Word, Excel o aplicaciones similares para crear tus facturas, deberás buscar un software de facturación alternativo; ya que dicha metodología dejará de ser válida.

    Excepciones

    Las empresas y autónomos acogidos al Suministro Inmediato de Información (SII) no estarán obligados a cumplir con Verifactu.

    La participación en el SII es obligatoria para las empresas y autónomos que cumplan alguna de las siguientes condiciones:

    • Facturación anual superior a 6.000.000€.
    • Inscripción en el Registro de Devolución Mensual del IVA.
    • Inscripción en el Régimen Especial del grupo de de entidades.
    • Titulares de los depósitos fiscales de gasolinas, gasóleos o biocarburantes incluidos en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos, así como los empresarios o profesionales que extraigan esos productos de los depósitos fiscales.(desde el 01/01/2025).
    • Usuarios de TicketBai en el País Vasco.

    Sanciones

    La Agencia Tributaria prevé duras sanciones para aquellas empresas y autónomos que no cumplan con Verifactu.

    Acorde con la Ley General Tributaria (art 29.2), se preveen multas de 50,000€ por cada ejercicio en el cuál se hayan utilizando softwares de facturación no certificados.

    Resumen

    En conclusión, Verifactu es una iniciativa de la Agencia Tributaria que cambiará la forma de emitir facturas en España. Los puntos clave a recordar son:

    • Verifactu obliga a utilizar software de facturación certificado, dejando atrás métodos como Word o Excel.
    • Existen dos modalidades: modo Verifactu (con envío automático a Hacienda) y modo No Verifactu (sin envío automático).
    • Las empresas deben decidir qué modalidad utilizar según sus necesidades.
    • El incumplimiento puede acarrear sanciones de hasta 50.000€ por ejercicio fiscal.
    • Hay excepciones para empresas acogidas al SII y otros regímenes específicos.
    • La entrada en vigor será progresiva según el calendario establecido.
    • Las facturas reemplazarán completamente a los tickets o recibos simples.

    Lo más importante es verificar que tu software actual cumplirá con la certificación o buscar una alternativa compatible antes de las fechas límite de implementación.

  • 103 Cuáles son las obligaciones a cumplir por Verifactu

    Aunque ya estés familiarizado con el concepto general de Verifactu, es probable que tengas dudas sobre las exigencias, requisitos y obligaciones que deberás asumir como empresario o autónomo.

    En este artículo te contamos cuales son esas obligaciones.

    Tus obligaciones como empresario

    Simplifiquémoslo. Como empresa o autónomo, tus responsabilidades principales bajo la nueva normativa son dos:

    1. Utilizar un programa de emisión de facturas certificado por Hacienda.
    2. Emitir facturas en todas las operaciones. Esto ya es habitual entre empresas, pero los pequeños comerciantes que actualmente emiten tickets de caja también deberán generar una factura para cada transacción.

    Obligatoriedad de usar un programa de facturación certificado por Hacienda

    La Agencia Tributaria sabe si quiere sacar adelante la facturación digital no puede poner requisitos excesivamente complicados.

    Por ello, lo único que exige es que empresas y autónomos utilicen un programa para generar facturas debidamente certificado a tales efectos.

    Será el programa de facturación certificado el que sí deberá implementar todos los complejos requisitos impuestos por Hacienda; imponiendo además sanciones específicas a los programas que incumplan con los requisitos técnicos.

    En cualquier caso, en el momento que utilizas un software certificado, cualquier responsabilidad por un incumplimiento técnico recae directamente sobre el fabricante del software, eximiéndote a ti como usuario.

    El fin de las facturas en Word y Excel

    La práctica común en algunos pequeños negocios de generar facturas con herramientas como Word o Excel llega a su fin.

    Estos programas no están diseñados para cumplir con los requisitos técnicos y, por lo tanto, no podrán obtener la certificación necesaria.

    Hay que emitir factura. Siempre.

    La obligación de emitir factura en todas las transacciones no es nueva; fue introducida por la Ley Antifraude y regulada en 2012 por el Reglamento de Facturación (RD 1619/2012).

    Sin embargo, ha venido siendo una costumbre generar tickets de caja para operaciones diarias y posteriormente emitir una factura resumen mensual. Esta práctica dejará de ser válida.

    La nueva normativa exige emitir una factura individual para cada transacción, incluso en operaciones pequeñas con consumidores finales.

    Para facilitar esta operativa no siempre se requiere una factura completa, se puede recurrir a la emisión de una factura simplificada, la cual no necesita incluir los datos fiscales completos del cliente.

    Además, es crucial no solo emitir la factura, sino también entregarla al cliente en cada transacción, reforzando la trazabilidad y transparencia que persigue la Ley Antifraude.

    Obligaciones adicionales en el modo “No Verifactu”

    Para contextualizar: El reglamento contempla dos modos de emisión de facturas: El modo Verifactu, y el modo No Verifactu.

    La diferencia técnica entre ambos reside en que en el modo Verifactu, el programa de facturación envía las facturas a la Agencia Tributaria a tiempo real.

    En cambio, en el modo No Verifactu, las facturas deben ser enviadas en lote y con un formato específico bajo por el propio programa de facturación, bajo requerimiento.

    Pues bien, si utilizas el modo No Verifactu, tendrás la responsabilidad adicional de guardar tus facturas durante 4 años, tal y como establece el Reglamento de Facturación de 2012.

    En cambio, utilizando el modo Verifactu, quedas libre de dicha obligación, ya que Hacienda dispone de tus facturas de emisión en todo momento.

    Es por ello que desde aquí te recomendamos que operes siempre con el modo Verifactu, ya que de bien seguro te ahorrará muchos quebraderos de cabeza.

    Quién está exento de los requisitos de Verifactu

    Existen ciertos colectivos exentos de las obligaciones aplicación derivadas de la normativa Verifactu:

    1. Empresas y profesionales adscritos al SII (Suministro Inmediato de Información): Estas empresas, generalmente con una facturación anual superior a 6 millones de euros, ya reportan sus facturas a Hacienda en tiempo real.
    2. Empresas y profesionales de Navarra y País Vasco: Estas comunidades autónomas ya cuentan con sistemas propios (TicketBAI) con requisitos similares a Verifactu.
    3. Determinadas operaciones exentas de emitir factura: Según el RD 1619/2012, algunas actividades, como ciertas operaciones del sector primario, tienen regímenes de facturación específicos.
    4. Empresas que emiten el 100% de sus facturas manualmente: La normativa se centra en los sistemas informáticos de facturación. Aquellos que todavía generan todas sus facturas a mano, sin soporte digital, quedan fuera de esta obligación por el momento.

    Cómo encontrar un programa de facturación certificado

    Ya tienes claro como cumplir con los requisitos. Ahora solo necesitas encontrar el programa para generar facturas adecuado.

    Si ya utilizas un programa de facturación con presencia en España, es muy probable que sus desarrolladores estén trabajando en la adaptación a Verifactu.

    Te recomendamos consultar su página web o contactar directamente con ellos para obtener información actualizada sobre su estado de certificación.

    Si por el contrario no utilizas ningún software de facturación o necesitas cambiar, considera estas opciones:

    1. Si tu negocio es un e-commerce o utilizas Stripe para tus cobros, EasyVerifactu es una solución especializada la cual se integra a tus flujos en pocos clicks.
    2. Si tu volumen de facturación es muy bajo, puedes evaluar la opción de utilizar la aplicación gratuita que la AEAT pondrá a disposición de los contribuyentes.
    3. Si las opciones anteriores no se ajustan a tus necesidades, existen otros programas reconocidos en el mercado como Billin o Holded que también ofrecerán soluciones compatibles.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cómo se si un software de facturación está debidamente certificado?

    La verificación se basa en una declaración responsable emitida por el propio fabricante del software.

    Mediante este documento, el desarrollador asegura, bajo su responsabilidad (y riesgo de importantes sanciones), que el programa cumple con toda la normativa.

    Busca dicha declaración responsable en la web del proveedor, ya que es la garantía firme de que el programa puede actuar como emisor de facturas oficial en España.

    ¿Qué sanciones existen por incumplir las obligaciones de Verifactu?

    La Ley General Tributaria contempla sanciones importantes.

    El simple hecho de utilizar un software de facturación no certificado o que permita la manipulación de datos puede acarrear una multa de 50.000 euros por cada ejercicio fiscal en que se haya detectado el uso indebido.

    Conclusión: Prepárate para el cambio

    Para asegurarte de cumplir con la Ley Antifraude y los requisitos de Verifactu, revisa los siguientes puntos clave:

    • Selecciona e implementa un software de facturación que cuente con la declaración responsable de cumplimiento.
    • Utiliza dicho software para generar toda tu facturación.
    • Emite y entrega una factura (completa o simplificada) en cada operación comercial.
    • Asegúrate de que el software garantiza la correcta conservación de los registros de facturación, especialmente si optas por un sistema “No Verifactu”.

    Y recuerda las fechas límite: 1 de enero de 2026 para empresas y 1 de julio de 2026 para autónomos.

    Aunque pueda parecer lejano, es recomendable cumplir con las obligaciones que nos impone Verifactu cuanto antes para así evitar contratiempos de última hora.

  • 104 Diferencias entre el modo Verifactu y el No Verifactu

    Prepárate para un cambio clave en la gestión de tu negocio. A partir del 1 de enero de 2026, la forma en la que emites facturas cambiará radicalmente: Como empresario, deberás utilizar obligatoriamente un programa de emisión de facturas homologado por la Agencia Tributaria.

    Este mandato, impulsado por la Ley Antifraude 11/2021, busca modernizar y agilizar la relación de tu negocio con Hacienda, facilitando su acceso a tu información de facturación de forma más estandarizada.

    Pero, más allá de la obligación, esta ley te presenta una decisión importante.

    Tu nuevo programa de facturación te ofrecerá dos modos principales de operación para comunicarte con la Agencia Tributaria:

    • El modo Verifactu: Las facturas se enviarán automáticamente a la Agencia Tributaria en tiempo real, en el momento de su emisión.
    • El modo No-Verifactu: Las facturas se almacenarán localmente en tu sistema, y solo las enviarás a la Agencia Tributaria cuando esta te lo solicite específicamente.

    ¿Cuál de estos modos será el más adecuado para tu negocio?

    Analicemos las implicaciones de cada uno para que puedas tomar una decisión informada.

    El modo Verifactu: Envío a tiempo real

    Si optas por el modo Verifactu, cada vez que emitas una factura, esta se transmitirá instantáneamente a la Agencia Tributaria generando un registro digital verificable de forma automática.

    El uso de este modo es voluntario, aunque como veremos a continuación, elegirlo te ofrece ventajas significativas que pueden simplificar considerablemente tu gestión fiscal y tu interacción con Hacienda.

    El modo No-Verifactu: Envío a demanda

    Si eliges el modo No-Verifactu, tus facturas se almacenarán en tu propio sistema de facturación, y serás responsable de tenerlas listas para ser compartidas con la Agencia Tributaria cuando esta te las solicite vía requerimiento o inspección.

    Esta opción te obliga a mantener un sistema de almacenamiento robusto que garantice la integridad e inalterabilidad de tus facturas durante el periodo legal (generalmente 4 años).

    En caso de una inspección o requerimiento, deberás proporcionar la documentación solicitada, asegurándote de que cumple con todos los requisitos técnicos y legales.

    Verifactu vs. No-Verifactu: Cuál elegir

    La principal diferencia radica en quién y cuándo se envía la información a la Agencia Tributaria, y esto tiene consecuencias directas para ti:

    • Envío de datos: Con Verifactu, el envío es automático y en tiempo real, sin que tengas que hacer nada adicional. Con No-Verifactu, te encargas del almacenamiento y del envío solo cuando Hacienda te lo pida.
    • Responsabilidad del almacenamiento: Quizás la mayor ventaja para ti en Verifactu es que la Agencia Tributaria asume la responsabilidad de conservar tus facturas transmitidas. En No-Verifactu, la responsabilidad recae completamente sobre ti, exigiendo un sistema seguro y conforme a la normativa.
    • Probabilidad y agilidad de controles: Al tener Hacienda tus datos en tiempo real con Verifactu, se reduce significativamente la probabilidad de inspecciones fiscales detalladas o requerimientos de información rutinarios. Una inspección, si ocurre, será probablemente más rápida. En No-Verifactu, mantienes el esquema tradicional, donde los requerimientos de información y las inspecciones pueden ser más frecuentes y recaerá sobre ti la carga de presentar la documentación correctamente.
    • Credibilidad y transparencia: Las facturas Verifactu incluyen un código QR y una marca distintiva (“Verifactu” o similar), que permite a tus clientes verificar su autenticidad en la sede electrónica de la AEAT. Esto añade una capa extra de confianza y profesionalidad a tu negocio que no está presente en el modo No-Verifactu.
    • Simplificación de tu gestión tributaria futura: Hacienda planea facilitar la vida a los usuarios de Verifactu ofreciendo servicios como la pre-cumplimentación de algunos modelos de autoliquidación, acceso más fácil a tus registros de facturación e incluso consulta de facturas recibidas de proveedores que también usen Verifactu. Estas facilidades no estarán disponibles para quienes operen exclusivamente en modo No-Verifactu.

    Periodo de permanencia en el modo Verifactu

    Si decides dar el paso y operar en modo Verifactu, debes saber que:

    • Te comprometes a usarlo por un período mínimo de un año. Esta duración permite a la Agencia Tributaria procesar y confiar en tu flujo de datos constante.
    • Tras ese año, si tus circunstancias cambian o reevalúas tu estrategia fiscal, podrás volver al modo No-Verifactu.

    Conclusión: Tu Próximo Paso

    Tu obligación principal a partir del 1/1/2026 es clara: usar un software de facturación que esté certificado por la Agencia Tributaria.

    La elección entre el modo Verifactu y el modo No-Verifactu es tu decisión estratégica, basada en las necesidades y prioridades de tu negocio.

    Sin embargo, como hemos visto, el modo Verifactu te ofrece claras ventajas en términos de simplificación administrativa, menor carga de responsabilidad en el almacenamiento y una relación más fluida y transparente con la Agencia Tributaria, lo que puede traducirse en menos preocupaciones para ti.

    Lo más importante ahora es que te asegures de que tu proveedor de software actual está trabajando para homologarse o, si no es el caso, que empieces a investigar opciones de software que ya cuenten o vayan a contar con la certificación necesaria para operar en España.

    Adaptarte a tiempo te permitirá elegir la opción que mejor se ajuste a tu negocio y, crucialmente, te evitará posibles sanciones económicas que podrán alcanzar los 50.000€ por cada ejercicio fiscal en el que incumplas la normativa.

  • 105 Verifactu: Fechas de entrada en vigor (actualizado abril 2025)

    El reglamento Verifactu representa un cambio clave en la facturación en España, diseñado para prevenir el fraude fiscal mediante sistemas de facturación verificables.

    Cumplir con esta normativa a tiempo es crucial para evitar sanciones y garantizar la operatividad de tu negocio o actividad profesional. Conocer las fechas límite no es solo una obligación legal, sino una necesidad para planificar una transición sin contratiempos.

    En este artículo hablamos de cuáles son esas fechas y te ayudamos a entender qué necesitas hacer y cuándo.

    Fechas de entrada en vigor

    Empecemos respondiendo a la pregunta más importante:

    ¿Cuándo entra en vigor el reglamento Verifactu?

    • A partir del 28 de julio de 2025: Los proveedores de software deben tener disponibles las versiones de sus programas adaptadas y listas para ser homologadas según los requisitos de Verifactu. Desde esta fecha, puedes empezar a adquirir e implementar el software necesario.
    • A partir del 1 de enero de 2026: Obligatorio para Empresas. Todas las facturas emitidas por empresas sujetas a la norma deberán generarse con un software Verifactu homologado.
    • A partir del 1 de julio de 2026: Obligatorio para Autónomos y otros profesionales. Deberán usar un software Verifactu homologado para emitir sus facturas.

    Como prepararse: Plan de acción recomendado

    Tu plan de acción debe centrarse en cumplir con el requerimiento principal que Verifactu impone a empresas y autónomos: implementar y utilizar un software de facturación homologado por Hacienda.

    Además, es crucial recordar un requisito adicional: la obligación de emitir una factura por cliente en el momento en que se realiza la venta.

    Si bien esta exigencia ya existe desde el Reglamento de Facturación de 2012, la entrada en vigor de Verifactu refuerza su importancia y la necesidad de su cumplimiento estricto.

    Dependiendo de tu sector y de cómo operes actualmente, esto podría implicar adaptar procesos y formas de trabajo para asegurar la emisión inmediata de la factura.

    Aquí tienes un plan con los pasos recomendados para adaptarte sin prisas:

    1. Ahora – Julio 2025: Investiga y planifica. Contacta a tu proveedor de software actual. Pregunta sobre sus planes de adaptación a Verifactu y cuándo esperan tener la versión homologada disponible. Evalúa si necesitarás cambiar de proveedor.
    2. Julio 2025 – Diciembre 2025: Selección e implementación temprana. A partir del 28 de julio, los softwares adaptados deberían estar disponibles. Compara opciones homologadas, solicita demostraciones y elige la que mejor se ajuste. Empieza a configurar el software y realiza pruebas iniciales.
    3. Octubre 2025 – Diciembre 2025 (Especialmente empresas): Intensifica la preparación. Finaliza la configuración, realiza pruebas exhaustivas y forma a tu equipo. Asegúrate de que todo esté listo para el 1 de enero de 2026. ¡No lo dejes para última hora!
    4. Enero 2026 – Junio 2026 (Especialmente autónomos): Finaliza la transición. Si eres autónomo, tienes hasta el 1 de julio. Usa este tiempo para completar la instalación, configuración, formación y pruebas, asegurando una transición fluida antes de la fecha límite.
    5. Desde el 1 de Enero 2026 (Empresas) / 1 de Julio 2026 (Autónomos): Cumplimiento obligatorio. Asegúrate de que todas tus facturas se emiten exclusivamente con el software Verifactu homologado. Mantén el sistema actualizado según las indicaciones de tu proveedor y la normativa.

    Como prepararse para la entrada en vigor

    Primeramente debes saber que para cumplir con el reglamento Verifactu deberás obligatoriamente usar un software de facturación homologado por Hacienda.

    Los softwares deberán estar adaptados a la normativa unos meses antes de la entrada en vigor.

    Concretamente deberán estar adaptados el 28/julio/2025.

    A partir de dicha fecha ya podrás adaptar tus procesos a la nueva normativa y emitir facturas Verifactu, aunque por Ley aún no sea necesario.

    Por lo tanto, dispones de 5 meses para implementar el reglamento Verifactu y hacer las pruebas necesarias.

    Consecuencias de no cumplir con los plazos

    Incumplir con la obligación de usar un sistema Verifactu una vez entrada en vigor la normativa conlleva sanciones significativas.

    La Agencia Tributaria ha establecido una sanción de 50.000 euros por cada ejercicio fiscal en el que se utilice un software de facturación no homologado o que no cumpla los requisitos técnicos exigidos por Verifactu.

    Estas sanciones serán aplicables a partir de la fecha de obligatoriedad que te corresponda (1 de enero de 2026 para empresas, 1 de julio de 2026 para autónomos).

    ¿Quién está obligado y quién está exento?

    En general, todas las empresas y autónomos que emiten facturas deberán adaptarse a Verifactu, salvo algunas excepciones notables.

    No estarán obligados a implementar Verifactu aquellos que ya cumplan con el Sistema de Suministro Inmediato de Información (SII). Esto incluye principalmente:

    • Empresas con una facturación anual superior a 6 millones de euros.
    • Inscritos en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME).
    • Pertenecientes al Régimen Especial del grupo de entidades a efectos del IVA.

    Además, los contribuyentes del País Vasco que ya utilicen el sistema TicketBAI (normativa foral equivalente) o los titulares de depósitos fiscales (desde 01/01/2025 para ciertas operaciones) pueden tener regímenes específicos o exenciones.

    Conclusión: Anticípate a Verifactu

    Verifactu marca un hito en la facturación digital en España. Aunque las fechas límite de 2026 puedan parecer distantes, la preparación debe comenzar mucho antes. Aprovecha el periodo a partir de julio de 2025, cuando los softwares homologados estarán disponibles, para realizar la transición de forma ordenada.

    El paso clave es asegurarte de contar con un software de facturación certificado por Hacienda antes de tu fecha límite. Evalúa tu situación, contacta con proveedores y planifica la implementación para cumplir con la normativa y evitar costosas sanciones.

  • 106 Verifactu: Sanciones y multas a las que te arriesgas si no cumples con la Ley

    La adaptación a la Ley Antifraude 11/2021 y al sistema Verifactu está generando numerosas dudas entre empresas y autónomos en España.

    Con los plazos de obligado cumplimiento cada vez más cerca, es natural preguntarse sobre las implicaciones de esta nueva normativa y, seamos sinceros, una de las preguntas más urgentes es: ¿qué sanciones hay si no cumples?

    Aunque el objetivo principal de la ley es fomentar la transparencia y luchar contra el fraude fiscal, las consecuencias de no adherirse a ella pueden ser muy significativas.

    En este artículo, analizaremos las multas asociadas a Verifactu para que tengas total claridad sobre los riesgos y, lo más importante, cómo evitarlos.

    ¿Por qué existen las sanciones y cuál es el punto clave del incumplimiento?

    El objetivo fundamental de la Ley Antifraude es combatir la evasión fiscal, especialmente aquella que se facilita mediante la manipulación de los registros de facturación.

    Para conseguirlo, un elemento esencial es garantizar la inalterabilidad y trazabilidad de estos registros. De ahí la obligación de utilizar software homologado por la Agencia Tributaria que cumpla unos requisitos técnicos específicos.

    Las sanciones previstas por la Agencia Tributaria van justamente encaminadas hacia empresas y autónomos que incumplan el requerimiento del software de facturación homologado que acabamos de comentar.

    ¿Cómo se relaciona el software homologado y Verifactu?

    Existe una confusión común al pensar que el software homologado y Verifactu son lo mismo. Vamos a aclararlo:

    El software homologado es cualquier programa de facturación que ha sido certificado por la Agencia Tributaria para emitir facturas legalmente en España.

    Este software debe cumplir con requisitos específicos de seguridad e integridad de datos.

    Dentro de cada software homologado, existen dos configuraciones posibles:

    • Modo Verifactu: Envía automáticamente las facturas a Hacienda en tiempo real.
    • Modo No-Verifactu: Almacena las facturas localmente y las envía solo cuando Hacienda las solicita.

    Es importante destacar que, aunque el uso de software homologado será obligatorio, la activación del modo Verifactu es opcional.

    Por tanto, no activar el modo Verifactu no conlleva ninguna sanción, siempre que estés utilizando un software debidamente homologado.

    Importe de las sanciones

    La consecuencia directa y más relevante del incumplimiento de la normativa es una multa económica considerable.

    Estos son los puntos clave sobre las sanciones:

    Sanción principal

    La sanción principal consiste en una multa de 50.000€ por cada ejercicio fiscal en el que se haya utilizado o tenido disponible software de facturación que no cumpla con los requisitos técnicos establecidos por la Agencia Tributaria.

    Esta sanción está establecida en el artículo 29.2 de la Ley General Tributaria.

    Desencadenante de la multa

    La sanción se activa por utilizar software no homologado por la Agencia Tributaria que permita la manipulación de datos o disponga de mecanismos para llevar contabilidades paralelas.

    Quién puede ser sancionado

    La obligación afecta a empresas y autónomos que emiten facturas, siendo estos los sujetos de la posible sanción si no utilizan software certificado.

    Cuándo entran en vigor las sanciones

    Las sanciones se aplicarán una vez entre en vigor la obligación de usar software certificado: a partir del 1 de enero de 2026 para empresas y del 1 de julio de 2026 para autónomos. Desde esas fechas, usar software no certificado expondrá a multas por cada ejercicio fiscal posterior.

    Adiós a Word y Excel para hacer facturas

    Esto significa que herramientas básicas como Word o Excel para generar facturas, que no ofrecen las garantías de inalterabilidad y registro exigidas, quedarán completamente descartadas y su uso después de las fechas límite será motivo directo de sanción.

    La solución: usar software certificado

    Las sanciones asociadas a Verifactu no son un riesgo menor: representan una multa sustancial de 50.000€ por cada ejercicio fiscal en el que no se cumpla con el uso de software certificado.

    La buena noticia es que evitar este riesgo está completamente en tus manos. La clave está en planificar con antelación y asegurarte de que tu sistema de facturación cumple con la normativa dentro de los plazos establecidos.

    La inversión en un software certificado es, sin duda, mucho menor que el coste potencial de las multas y te proporcionará la tranquilidad de saber que cumples con tus obligaciones fiscales.

    Prepárate para los cambios y factura con total tranquilidad. Explora las opciones de software certificado que mejor se adapten a tu negocio.